La religión y la monarquía, primeros elementos de vida para la España, serán respetadas, protegidas, mantenidas por mí en todo su vigor y pureza... Yo mantendré religiosamente la forma y las leyes fundamentales de la Monarquía, sin admitir innovaciones peligrosas, aunque halagüeñas en sus principios, probadas ya sobradamente por nuestra desgracia. La mejor forma de gobierno para un país es aquella a que está acostumbrado.
Mas no por eso dejaré estática y sin cultivo esta preciosa posesión... no ignoro, y procuraré estudiar mejor, los vicios que el tiempo y los hombres han introducido en los varios ramos de la administración pública, y me esforzaré para corregirlos. Las reformas administrativas, únicas que producen inmediatamente la prosperidad y la dicha, que son el solo bien de un valor positivo para el pueblo, serán la materia permanente de mis desvelos. Yo los dedicaré muy especialmente a la disminución de las cargas que sea compatible con la seguridad del Estado y las urgencias del servicio; a la recta y profunda administración de la justicia; a la seguridad de las personas y de los bienes; al fomento de todos los orígenes de la riqueza[1].
Francisco Martínez de la Rosa. |
Publicación del Estatuto Real. Gaceta de Madrid del 16 de abril de 1834. |
- En la parte norte se produjeron los cambios más significativos. En reformas anteriores los territorios del Priorato de San Juan habían sido asignados a la intendencia de Toledo o a la de La Mancha. En esta ocasión, se produjo un reparto de este territorio entre las provincias de Ciudad Real, Cuenca y Toledo.A Toledo pasaron las poblaciones de Quintanar, Villanueva de Alcardete, Mota del Cuervo, Puebla de Don Fadrique, Puebla de Almoradiel, El Toboso, Villafranca de los Caballeros, Villacañas, Miguel Esteban, Camuñas, Tembleque, Turleque, Madridejos y Consuegra.En Cuenca se integraron Los Hinojosos y Santa María de los Llanos.En la provincia de Ciudad Real se quedaron Alcázar de San Juan, Argamasilla de Alba, Arenas de San Juan, Herencia, Pedro Muñoz, Villarta de San Juan, Las Labores y Puerto Lápice.
- En la zona este todos los pueblos del partido de Alcaraz, excepto Villanueva de la Fuente, pasaron de la intendencia de La Mancha a la provincia de Albacete. Este cambio afectó a poblaciones como Alcaraz, El Bonillo, Ossa de Montiel, Munera o Riopar. Por el contrario, Villarrobledo se quedó inicialmente en la provincia de Ciudad Real y no sería hasta 1846 cuando finalmente se incorporó a Albacete.
- En el sur los cambios fueron menores: Beas del Segura y Chiclana del Segura pasaron de La Mancha a la provincia de Jaén. Guadalmez, también conocido en la época como Palacios de Guadalmez, se integró en la provincia de Ciudad Real procedente de la intendencia de Córdoba.
- En el noroeste las poblaciones de Anchuras, Alcoba, Arroba de los Montes, Bohonal, El Molinillo, Fontanarejo, Hontanar, Horcajo de los Montes, Navalpino, Navas de Estena y Retuerta del Bullaque se unieron a la provincia de Ciudad Real procedentes de la intendencia de Toledo. Con posterioridad, se produjeron algunos cambios menores ya que el Bohonal pertenece actualmente a Badajoz y Hontanar a Toledo.
Intendencia de La Mancha, según la división territorial de 1785. |
Provincia de Ciudad Real tras las división provincial de 1833. |
Diego Medrano Treviño (1784-1853). |
Palacio Medrano en la calle Paloma de Ciudad Real. |
Diose capitalidad a Manzanares, Requena y a otros pueblos considerables que no la tenían por equivocaciones inexcusables y se hicieron algunas otras variaciones reclamadas por las circunstancias del día, tan diferentes a las que dictaron el proyecto. ¿Cómo consentir en el reinado de Isabel que subsistiesen propuestas para cabezas de partido poblaciones que no tenían otros méritos que un número considerable de realistas, un fanatismo atroz, un padrino adicto a las esperanzas de D. Carlos?
Esta situación un tanto excepcional se subsanó en octubre de 1840, una vez finalizada la Primera Guerra Carlista, cuando se creó el partido judicial de Daimiel formado por las poblaciones de Villarrubia de los Ojos, Arenas de San Juan y Villarta de San Juan[17]. En compensación, al partido judicial de Manzanares se le agregaron las localidades de Tomelloso, Argamasilla de Alba y Moral de Calatrava. Esta organización de partidos judiciales no sería la definitiva ya que con el paso del tiempo y los cambios poblacionales Tomelloso también acabaría segregándose de Manzanares y teniendo su propio partido judicial, Piebrabuena se acabaría integrado en el partido de Ciudad Real y la cabecera del partido de Almodóvar del Campo se trasladaría a Puertollano.
Aún se tardaría años en adaptar por completo la organización administrativa de la provincia ya que importantes instituciones como la Comandancia Militar de La Mancha o la Administración Principal de Correos continuaron teniendo su sede fuera de la localidad de Ciudad Real, designada como capital de la provincia. De hecho, incluso la capitalidad de la provincia estuvo durante muchos años en cuestión y fue objeto de fuertes controversias.
La lucha por la capitalidad entre Ciudad Real, Almagro y Manzanares
En el ámbito de la administración, como ya hemos comentado, ni siquiera todas las instituciones públicas de la época tenían su sede en Ciudad Real. Es cierto que el intendente, la máxima autoridad en el territorio, si residía en Ciudad Real, pero, por ejemplo, en Almagro estaba la Comandancia General de La Mancha y en Manzanares la Administración Principal de Correos y, al menos durante el Trienio Liberal (1820-1823), nuestra localidad también fue sede de la Intendencia Provincial de Policía[18].
Adicionalmente, había precedentes cercanos en el tiempo en los que otras poblaciones habían sido temporalmente la capital. Almagro fue capital de la intendencia de La Mancha entre 1750 y 1761, porque en ese periodo un almagreño, el conde de Valdeparaíso, fue ministro de Hacienda y en un claro caso de nepotismo ordenó cambiar la capital a su localidad de nacimiento. Más cercano en el tiempo, durante la guerra de la Independencia, concretamente entre 1810 y 1812, los franceses administraron La Mancha desde Manzanares, donde residían todas las autoridades.
En reformas anteriores también se habían suscitado polémicas y reclamaciones en torno a la capitalidad. Tenemos constancia de que Manzanares solicitó ser capital provincial durante el Trienio Liberal, cuando se estaba debatiendo un proyecto de división provincial acorde al mandato de la Constitución de Cádiz vigente durante este periodo. En concreto, en enero de 1821 las Cortes recibieron una petición para que Manzanares fuese designada como capital[19]. No tenemos mucha más información sobre este primer intento por parte de Manzanares, pero si sabemos que la petición fue rechazada ya que finalmente la elegida fue la localidad de Ciudad Real.
Periódico El Eco del Comercio del 9 de enero de 1836. Noticia reclamando la capitalidad para Manzanares. |
Al igual que en el caso de la elección de las cabeceras de los partidos judiciales, la situación de guerra con el carlismo condicionó este nuevo debate sobre la capitalidad provincial. Estas noticias sobre la capitalidad coinciden con momentos especialmente cruentos de la Primera Guerra Carlista en la zona de La Mancha. Entre 1835 y 1836 las guerrillas carlistas tuvieron especial presencia en nuestra provincia, llegando atacar y penetrar en Ciudad Real capital e, incluso, consiguieron mantenerla bloqueada durante días. Es creíble que en estas circunstancias se pensará en trasladar el gobierno provincial a una zona más segura y afín al liberalismo como Manzanares, donde las guerrillas carlistas tenían mucho menos apoyo y presencia. Además, en un periodo de conflicto bélico como fue éste, Manzanares contaba con la ventaja de estar en el Camino Real de Andalucía, lo que facilitaba las comunicaciones con Madrid y las posibilidades de retirada de las autoridades hacia zonas más seguras en caso de peligro.
El debate sobre la capitalidad no se limitó al ámbito periodístico, sino que saltó también a las instituciones gracias a las propuestas de políticos vinculados a Almagro. El gobernador de esta localidad fue el primero en tomar la iniciativa y en enero de 1836 reclamó en un pleno de la Diputación Provincial que la capital se trasladase a Almagro, petición que fue rechazada[23].
Finalmente, el debate llegó hasta las Cortes en enero de 1837, cuando un diputado elegido por el distrito electoral de Almagro, Juan Jerónimo Ceballos, solicitó formalmente en el pleno del Congreso el traslado de la capital a Almagro. Esta petición fue contestada por el diputado del distrito de Ciudad Real, Joaquín Gómez, que obviamente se opuso, originándose un tenso debate. Ante la imposibilidad de acuerdo se decidió que la Comisión de División del Territorio tomase la decisión definitiva[24].
Aprovechando que el debate estaba abierto, el Ayuntamiento de Manzanares envió una propuesta a las Cortes el 17 de febrero de 1837 solicitando que la capital no estuviese ni en Almagro ni en Ciudad Real, sino en Manzanares[25]. Al mes siguiente, el 10 de marzo, las Cortes recibieron un segundo escrito del Ayuntamiento manzanareño exponiendo las razones e inconvenientes por los que ambas localidades no debían elegidas como capital[26].
La Comisión de División del Territorio analizó en el mes de abril de 1837 las peticiones de las tres localidades (Ciudad Real, Almagro y Manzanares), decantándose finalmente por mantener la capital en Ciudad Real. En esta ocasión, las candidatas que más opciones reales tuvieron de ser designadas como capital fueron Almagro y Ciudad Real, ya que la petición de Manzanares llegó con más de un mes de retraso, lo que permitió que la mayoría de las instituciones y ayuntamientos de la provincia se hubieran decantado previamente por apoyar a una de estas dos localidades[27].
Es muy interesante analizar los argumentos que esgrimían las tres poblaciones en el debate sobre la capitalidad. Curiosamente, las tres localidades defendían que su situación geográfica era una ventaja sobre las otras candidatas. Ciudad Real y Almagro afirmaban estar en el centro de la provincia y Manzanares argumentaba como punto a su favor estar situada en el Camino Real que conectaba Madrid con Andalucía, lo que le proporcionaba mejores comunicaciones.
La guerra carlista fue otro de los temas fundamentales en el argumentario de las poblaciones candidatas. Manzanares afirmaba que era la población más liberal de la provincia y argumentaba que contaba con una Guardia Nacional, formada por vecinos voluntarios, muy numerosa que hacía, palabras textuales, “imposible cualquier tentativa de los facciosos contra las autoridades”[28]. En contraposición a esta ventajosa característica, desde Manzanares se acusaba a Ciudad Real de ser un nido de carlistas.
Puerta de Toledo y murallas de Ciudad Real (1936). |
Plaza de Almagro. |
En la apertura de la legislatura en el Congreso en diciembre de 1841 el regente Espartero defendió que "el buen orden de la administración exige una división territorial que enmiende los defectos que la experiencia ha hecho conocer en la que hoy rige; con este fin se os presentará un proyecto de ley que reclama el bien público"[31]. Con este apoyo por parte de Espartero parecía inevitable la aprobación de la reforma y, por tanto, muy cercana la posibilidad de Manzanares de convertirse en capital.
El proyecto de Fermín Caballero fue entregado al ministro de Fomento en 1842, pero el gobierno cayó a los pocos meses en junio de ese mismo año, por lo que no tuvo tiempo de cumplir con el compromiso expresado por Espartero de llevar a cabo una nueva división provincial durante esa legislatura. Este cambio ministerial frustró las opciones de Manzanares cuando más cerca estuvo de su objetivo. Sin embargo, la caída del progresista Espartero en 1843 no supuso el fin definitivo del proyecto de Fermín Caballero.
Los siguientes gobiernos moderados no abandonaron la idea de llevar a cabo la reforma del sistema provincial. En 1844 una nota interna del consejo de ministros aludió a la necesidad de retomar la reforma provincial. En 1847 el ministro de Gobernación Antonio Benavides remitió el proyecto de Fermín Caballero al Consejo Real sin que éste llegase a tomar una decisión al respecto.
Con la vuelta al poder de los progresistas en 1854, se retomaron los proyectos de reforma. En 1856 el ministro de Gracia y Justicia, José Arias Uría, encargó de nuevo a Fermín Caballero la redacción de un proyecto de ley de división territorial. En ese mismo año, el ministro de Gobernación, Patricio de la Escosura, anunció la creación de una comisión presidida por Fermín Caballero y Práxedes Mateo Sagasta para la redacción de un nuevo proyecto de organización territorial. Una vez más la comisión no pudo terminar sus trabajos por la disolución del parlamento en septiembre.
En definitiva, los continuos cambios del ejecutivo típicos del siglo XIX, con gobiernos que duraban pocos meses o incluso semanas, impidieron la aprobación definitiva de un proyecto, como el de Fermín Caballero, que necesitaba forjar amplios consensos para llevarse a cabo.
Llegados a este punto sólo nos queda especular con lo que hubiera supuesto para Manzanares si en alguna de estas ocasiones se hubiese aprobado el proyecto de Fermín Caballero con la localidad como capital provincial. Podemos hacernos una idea de que habría pasado en Manzanares si analizamos la evolución que ha tenido Ciudad Real en estos casi dos últimos siglos en los que ha ostentando la capitalidad. A modo de ejemplo, recordemos que ambas localidades tenían a principios del siglo XIX prácticamente la misma población y que en la actualidad Ciudad Real ha pasado a cuadriplicar el número de habitantes de Manzanares.
- Real Decreto del 20 de enero de 1834 de liberalización del comercio de objetos de comer, beber y arder publicado en la Gaceta de Madrid del 21 de enero de 1834.
- Real Orden del 20 de enero de 1834 de liberalización de la ganadería en la Gaceta de Madrid del 21 de enero de 1834.
- Real Decreto del 29 de enero de 1834 de liberalización del comercio harinas y cereales publicado en la Gaceta de Madrid del 30 de enero de 1834.
- Real Decreto del 17 de febrero de 1834 de liberalización de la cría y comercio de caballos publicado en la Gaceta de Madrid del 18 de febrero de 1834.
- Real Orden del 20 de febrero de 1834 sobre la libertad para decidir las fechas de la vendimia publicado en la Gaceta de Madrid del 13 de marzo de 1834.
- Real Decreto del 25 de febrero de 1834 de liberalización del sector vinícola publicado en la Gaceta de Madrid del 27 de febrero de 1834.
[11] Real Decreto del 13 de mayo de 1834, publicado en la Gaceta de Madrid del 15 de mayo de 1834 en el que se cambia la denominación de subdelegado de Fomento por gobernador provincial.
[12] Biografía de Diego Medrano Treviño obtenida de la Real Academia de la Historia, https://dbe.rah.es/biografias/16352/diego-medrano-y-trevino, fecha de acceso 28/12/2022.
[13] Real Decreto del 21 de abril de 1834, publicado en la Gaceta de Madrid del 24 de abril de 1834 en el que se crean los partidos judiciales.
[14] Boletín Oficial de La Mancha del 11 de septiembre de 1834. Detalla las poblaciones incluidas en cada partido judicial.
[15] Los datos de población se han obtenido del Boletín Extraordinario de Ciudad Real del 2 de noviembre de 1835 en el que se publica el número de habitantes de cada localidad para asignar la cuotas de reclutamiento.
[16] En el periódico El Eco Comercio del 16 de mayo de 1834 no aparece el nombre del autor del artículo, pero en (BURGUEÑO RIVERO, 1997) se indica que es Fermín Caballero.
[17] Boletín Oficial de Ciudad Real del 22 de octubre de 1840.
[18] (DÍAZ-PINTADO PARDILLA, 1998).
El Eco del Comercio del 20 de septiembre de 1836.
[21] Las noticias publicadas en la prensa nacional anunciando o solicitando el traslado de las autoridades provinciales a Almagro o Manzanares son:
[22] El Castellano del 21 de noviembre de 1836.
[25] Diario de Sesiones de las Cortes Constituyentes del 17 de febrero de 1837.
[26] Diario de Sesiones de las Cortes Constituyentes del 10 de marzo de 1837.
[27] (PILLET CAPDEON, 1987).
[28] El Eco del Comercio del 9 de enero de 1836..
[29] Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real de 17 de diciembre de 1840.
[30] (BURGUEÑO RIVERO, 1995) y (BURGUEÑO RIVERO, 1997).
[31] Diario de Sesiones del Congreso del 26 de diciembre de 1841.